M.A.I.S. abraza la definición de Educazione allo sviluppo (EAS) (educación para el desarrollo) desarrollado en 2004 por EAS Foro de CONCORD, la Confederación de ONG y asociaciones europeas de cooperación al desarrollo, emergencia y educación para el desarrollo, junto con muchas organizaciones no gubernamentales del Consorzio delle Ong Piemontesi (COP) (consorcio de las ONG piamontesas)
"La educación para el desarrollo es un proceso de aprendizaje activo, basado en valores como la solidaridad, la igualdad, la inclusión y la cooperación. Permite superar la etapa inicial de conciencia respecto de las prioridades internacionales en el campo del desarrollo humano, ya que abre los ojos a la comprensión de las causas y efectos de los problemas mundiales y llama al compromiso personal y a la acción colectiva y concertada. EAS alienta a la plena participación de todos los ciudadanos a la erradicación de la pobreza mundial y la lucha contra la exclusión. Promueve las políticas nacionales e internacionales más equitativas y sostenibles de los derechos económicos, sociales, ambientales y humanos”.
A través la evolución de la EAS en las últimas décadas, se reconoce su función de apoyo a las políticas de cooperación para:
• Sensibilización
• Aumento de conciencia en cuestiones de desarrollo y lucha contra la pobreza
• Adquisición de comportamientos acordes con el respeto de los derechos humanos
• Valoración crítica de las opciones posibles para la construcción de un mundo más equitativo
No obstante, las definiciones requieren de políticas culturales activas de difusión, ejecución y construcción de espacios de diálogo entre las instituciones y la sociedad civil.
Con esto en mente es que M.A.I.S. promueve la sensibilización en los planos local, nacional y europeo, en colaboración con instituciones, escuelas y organizaciones de la sociedad civil, persiguiendo momentos de reflexión y sensibilización sobre cuestiones relativas a derechos de las mujeres y niños, el medio ambiente y la agroecología, promoviendo estilos de vida sostenibles y coherentes con el desarrollo, al Norte y al Sur del mundo.
El EAS en la normativa italiana y europea
Con los años se han dado varias definiciones y legitimaciones con respecto a lo que se entiende por "educación para el desarrollo" en el contexto de políticas de cooperación y de educación.
En particular, la ley 49 de 1987, artículo 2, inciso h define como una de las áreas en las que se debe ejercer la Cooperación italiana para el Desarrollo a "la promoción de programas de educación en cuestiones de desarrollo, incluso en la escuela, e iniciativas destinadas a fortalecer los intercambios culturales entre Italia y los países en vías de desarrollo, con especial referencia a aquellos entre los jóvenes”.
En 2001, el Consejo de Desarrollo de la Unión Europea desarrolló una resolución especial sobre "El desarrollo de la educación y la sensibilización de la opinión pública europea en favor de la cooperación al desarrollo". Párrafo 6 dispone que "el Consejo desea fomentar un mayor apoyo a la educación para el desarrollo, así como a las políticas de comunicación, por la Comisión y los Estados miembros a través de vínculos más estrechos entre los diversos sectores que pueden ayudar a promover el desarrollo en áreas tales como las organizaciones no gubernamentales, escuelas, universidades, educación para adultos, formación de formadores, medios de comunicación audiovisual, prensa, asociaciones, movimientos juveniles. En su párrafo 10, apoya las iniciativas de las ONG Y de las Instituciones europeas y nacionales, que tienen como objetivo la sensibilización de los habitantes de países candidatos a adherir a la UE, sobre la importancia de sostener la solidaridad internacional en la lucha contra la pobreza mundial como así también promover la educación al desarrollo.
Algunas regiones italianas han legislado también en dicho campo. La región de Piamonte a través de la Ley 67 de 1995 establece que "La región interviene a fin de favorecer el arraigo en la comunidad piamontesa una cultura de paz y de sus presupuestos, como lo son la libertad democrática y los derechos humanos, la no violencia, la solidaridad, la cooperación internacional y educación para el desarrollo sostenible” (Art. 1) y que "para la obtención de los objetivos mencionados, la región deberá intervenir realizando, promoviendo y sosteniendo iniciativas: a) Culturales, de Investigación y de Información, b) de sensibilización y educación de la Comunidad regional c) de formación d) de cooperación internacional con PVS y PECO e) de emergencia y ayuda a favor de las poblaciones afectadas por los catástrofes excepcionales o conflictos armados, así como también con el objetivo de restablecer condiciones de vida dignas." (Art. 3 ap. 1).
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